En 1991 se promulgó el Código Procesal Penal que pretendió derogar las disposiciones procesales contenidas en el Código de Procedimientos Penales de 1940. La vigencia de éste nuevo código quedó sin embargo suspendida y entró en vigencia a nivel nacional sólo algunos artículos del mismo, referidos al denominado principio de oportunidad, al mandato de detención, al mandato de comparecencia, a la libertad provisional y respecto a las diligencias especiales.
En el año 2004 se promulga otro Código Procesal Penal destinado a regular el proceso penal en el futuro, disponiéndose que dicho código entre en vigencia progresivamente. Se dispuso así su vigencia en los Distritos Judiciales de Huaura, La Libertad, Ica y en la actualidad vigente en todos los distritos judiciales, con excepción de Lima en el que está en vigencia únicamente para los casos de corrupción y Crimen Organizado.
Nuestra relación de servicio con empresas que desarrollan actividad en distintas partes del país, nos ha llevado desde los primeros momentos de vigencia del nuevo Código Procesal Penal a tener experiencia en la defensa bajo este nuevo cuerpo normativo destinado a regular en breve el procedimiento penal a nivel nacional, que introduce una inusual celeridad en los procesos y que requiere de los abogados basta experiencia en la estrategia y en el argumento oral, experiencia que nuestros abogados penalistas han podido alcanzar en la práctica por la conducción de procesos bajo la nueva regulación en las ciudades de Huacho, Trujillo, Ica, Arequipa y Ayacucho, San Martín, Tacna, etc.
Desde que el Nuevo Código Procesal Penal entrara en vigencia en Lima para los procesos referidos a corrupción de funcionarios públicos, los miembros de nuestro estudio han participado en diferentes procesos de ésta naturaleza, habiendo logrado razonada experiencia para desarrollar la defensa que bajo el nuevo orden procesal penal deberán tratarse a futuro todos los procesos sobre los diferentes delitos.
Como consecuencia de los procesos anti corrupción que se implementaron tras la caída del régimen Fujimori – Montesinos, nos correspondió participar en el proceso denominado “falsificación de firmas para la inscripción de las agrupaciones políticas Vamos Vecinos y Perú 2000”, proceso en el que se comprendió a un alto dirigente de la agrupación política que a la fecha del proceso tenía la condición de Congresistas de la República. El imputado decidió someterse a la justicia sin escudarse en la mal empleada inmunidad parlamentaria. El proceso que comprendió a un ex ministro del régimen se inició el año 2000 y concluyó el año 2008 con fallo de la Corte Suprema que termino excluyendo de los cargos a nuestro cliente, continuando el proceso para otros procesados.
Sin vinculaciones políticas y únicamente por el compromiso hacia la defensa de nuestro cliente, nuestro equipo profesional asumió la defensa por largos ocho años que duró el proceso desde la etapa de instrucción ante el Juzgado Penal, hasta la resolución final que correspondió a la Corte Suprema de la República.
El proceso en mención, como muchos otros que fueron publicitados durante la primera década del 2000, reveló la influencia del poder político y la mediatización de la prensa, elementos negativos contra los que los abogados constantemente debemos luchar.
El caso nace en los últimos tiempos del gobierno Fujimori – Montesinos. Los medios de prensa revelaron una fábrica de firmas para lograr la inscripción de la agrupación política Perú 2000 que formó alianza con partidos vinculados al fujimorismo para buscar la reelección del presidente Fujimori. El descubrimiento logró que la agrupación política Perú 2000 renunciara a la alianza electoral y luego la autoridad electoral anuló su inscripción. El caso llevo a la fuga del entonces congresista Oscar Medelius que resultó muchos años después extraditado de los Estados Unidos.
En el año 2002, el Diario El Comercio publica una entrevista a Leonel Rivera Culqui presentado como testigo para afirmar que el proceso de falsificación también sirvió a
la inscripción de la agrupación política Vamos Vecinos de la cual nuestro cliente fuera secretario general. El proceso judicial puso en evidencia que el testigo de cargo había sido conducido de la mano por el IDL con el claro propósito de involucrar a otras agrupaciones vinculadas al fujimorismo e intentar impedir la reelección del presidente Fujimori. Desde entonces se inició un largo proceso que concluyó el 2008 con decisión de la Corte Suprema excluyendo del proceso a nuestro cliente.
Como consecuencia de la caída del gobierno del ex presidente Fujimori en el año 2002, entre los varios perseguidos por intereses políticos se comprendió a varios congresistas de la bancada del fujimorismo.
El proceso estuvo marcado por las imputaciones de una testigo a la que la prensa otorgó descomunal notoriedad y que buscaba acogerse a beneficios procesales.
Nuestro cliente, un congresista de la república en actividad, fue sometido primero al procedimiento del Antejuicio Constitucional y luego conjuntamente con otros congresistas a un proceso especial ante la Corte Suprema de la República debido a su investidura, proceso que la prensa bautizó con el nombre de proceso a los congresistas tránsfugas. Tras una larga defensa iniciada en el año 2002, integrantes de nuestroequipo profesional a cargo de la defensa del congresista y en contra de la férrea oposición que hacían la procuraduría Ad Hoc del Estado y la Fiscalía Suprema, lograron el archivamiento de la causa a su favor, excluyéndolo del proceso en pleno desarrollo del Juicio Oral.
El 25 de Mayo del 2004 las noticias informaron de la muerte de tres trabajadores de una conocida empresa constructora encargada de la
construcción de los ductos que trasladarían el gas hasta la ciudad de Lima. Las muertes se produjeron en la Estación 2 ubicada en Lurín. La empresa, había perdido tres trabajadores que en la madrugada ingresaron a la cámara de válvulas XV-10002 donde inexplicablemente murieron durante el proceso de inertización (inyección de hidrógeno para eliminar oxígeno del
ducto).
Durante la indagación policial fueron sometidos a investigación representantes de la empresa constructora y de la empresa que se encargó del proceso de inertización. La intervención de miembros de nuestro equipo profesional en representación de la empresa encargada de la inertización, con el soporte técnico de expertos en otras disciplinas, permitió desvirtuar la existencia de negligencia en la actuación de nuestro cliente, evitando sanciones de orden penal y patrimonial derivada de la responsabilidad contractual y administrativa.
En 1996, 15 misioneros mormones fueron detenidos por el delito Contra El Patrimonio cultural acusados de destruir la figura geoglífica
“El Candelabro” situada en la bahía de Paracas en la ciudad de Pisco – Perú. Los hechos reales nunca significaron una acción intencionada de destrucción, pero la presión de la prensa escrita y noticieros de televisión ejercieron una influencia negativa que el hecho fue considerado como un atentado grave al patrimonio cultural. A pedido de un prestigioso estudio de abogados, la defensa de los 15 misioneros fue asumida por nuestro equipo para lograr primero su liberación y buscar su posterior absolución.
Los miembros de nuestro equipo profesional y colaboradores lograron en tiempo record la libertad de los 15 misioneros y poco tiempo después se logró el archivamiento del proceso basados en un vacio del tipo penal. Tiempo después el Congreso de la República dictó una ley modificatoria del Delito Contra El Patrimonio Cultural para evitar en el futuro el vacio que nuestro equipo había explotado.
Cuando el proyecto del centro Comercial Larcomar en Miraflores se venía construyendo, un talud en lo que ahora constituye el complejo de tiendas se desprendió sepultando a dos trabajadores de construcción civil. La moderna obra que tenía opositores entre los vecinos miraflorinos, encontró en el incidente un pretexto para que la oposición hiciera eco, abriéndose investigación por Homicidio Culposo contra los responsables de la obra. Los miembros de nuestro equipo profesional asumieron el caso en la mayor reserva a pedido de la empresa constructora, logrando que el Ministerio Público archive la denuncia pese a la presión pública.