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Responsabilidad Penal de la empresa – Derecho Penal y Empresa

Responsabilidad Penal de la empresa – Derecho Penal y Empresa

Segunda entrega de la serie: Derecho Penal y Empresa

Esta publicación forma parte de la serie Derecho Penal y Empresa, donde explicamos de forma clara y útil los principales riesgos penales que enfrentan empresarios y empresas en el Perú.
Puedes revisar nuestra primera entrega aquí: 👉 ¿Puede el representante de una empresa ser penalmente responsable?

En la entrega anterior analizamos cómo los gerentes y representantes legales pueden responder penalmente por hechos cometidos en el marco de sus funciones . Hoy abordamos rápidamente una cuestión fundamental: ¿puede la empresa — como persona jurídica — ser penalmente responsable según la legislación penal peruana?

La respuesta ha variado en el tiempo. Ahora la responsabilidad penal de la empresa es posible, en determinados casos y bajo ciertos criterios establecidos por ley.

El cambio de paradigma: de la culpa individual a la responsabilidad empresarial

Durante décadas, el Derecho Penal reconoció únicamente la responsabilidad penal de las personas naturales y negó la responsabilidad penal para personas jurídicas, aunque ya desde el legislador penal de 1991 se empezó tímidamente a considerar cierta responsabilidad bajo el título de Medidas Aplicables a las Persona Jurídicas.

El nuevo enfoque.

Frente al incremento de delitos cometidos desde estructuras corporativas, el legislador peruano ha adoptado un nuevo enfoque: imputar penalmente a las empresas cuando estas sirven como instrumento o cobertura para cometer delitos, responsabilidad que se ha establecido bajo el nombre de “responsabilidad administrativa” que resulta directamente de la responsabilidad de la persona jurídica en la comisión del delito.

Base legal

El cambio de paradigma se inicia con la Ley N.º 30424  del año 2016, que reguló la responsabilidad de la persona jurídica circunscrito al delito de Cohecho Transnacional. Posteriormente se dictó el Decreto Legislativo  No. 1352 en el año 2017 que extendió el alcance de la responsabilidad de la persona jurídica a otros delitos  y luego la Ley 31740 del año 2023 que amplió más aún el alcance de dicha responsabilidad.

Entre las principales infracciones penales que activan esta responsabilidad se encuentran:

– Delito de Contabilidad Paralela reprimida como modalidad de los delitos de Fraude en la Administración de Personas Jurídicas

Atentados Contra Monumentos Arqueológicos  y delito de Extracción Ilegal de bienes culturales.

Colusión Simple y Agravada

– Delitos de Cohecho

– Delito de Tráfico de Influencias

– Delitos vinculados al delito de Lavado de Activos, Minería Ilegal y Crimen   Organizado

Delitos Aduaneros  y Delitos Tributarios  

Condiciones para la responsabilidad de la persona jurídica:

  1. Que el delito haya sido cometido por un directivo, empleado o representante, actuando en el marco de sus funciones.
  2. Que el delito se haya cometido en beneficio directo o indirecto de la empresa.
  3. Que la empresa no cuente con un modelo de prevención eficaz (compliance penal).

La responsabilidad de la empresa no deviene automáticamente de la condición de empleador del infractor. La clave de la responsabilidad esta:

  • Que el trabajador actúe dentro del rol asignado en la empresa, y
  • Que la empresa se haya beneficiado o no haya implementado medidas razonables para evitarlo.

Consecuencias legales para la empresa

Si se acredita responsabilidad, la empresa puede recibir sanciones como:

  • Multas (calculadas en base a UIT)
  • Cancelación de licencias
  • Prohibición de contratar con el Estado
  • Clausura definitiva o temporal
  • Disolución de la empresa

¿Cómo puede prevenir una empresa su responsabilidad penal?

La Ley 30424 establece que las empresas pueden exonerarse o atenuar su responsabilidad si implementan Modelos de Prevención adecuados, que incluyan:

  • Identificación de riesgos penales (mapa de riesgos)
  • Designación de un encargado de cumplimiento (oficial de compliance)
  • Protocolos para prevenir delitos y reportar irregularidades
  • Programas de capacitación interna
  • Supervisión y actualización periódica

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