ACUERDO PLENARIO NO.2-2011 SOBRE PLAZO DE PRESCRIPCIÓN
Interpretan con carácter vinculante la aplicación de duplicidad del plazo de la prescripción en los delitos cometidos por funcionarios públicos contra el patrimonio del Estado, estableciendo que la duplicidad del plazo no puede aplicarse a los particulares considerados en el delito como extraneus.
Se consignan en esta sección la publicación de normas, acuerdos plenarios, circulares y otros dispositivos de importancia para la práctica del derecho penal y procesal penal. La fecha de publicación anotada es la correspondiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano.
VASQUEZ | TAFUR Abogados
Estudio de Abogados Lima Perú
No comentarios