DELEGAN EN EL EJECUTIVO FACULTADES LEGISLATIVAS EN MATERIA TRIBUTARIA Y ADUANERA
Con 62 votos a favor y 43 en contra, el pleno del Congreso aprobó otorgar facultades legislativas al Ejecutivo por un plazo de 45 días para que legisle en materia tributaria y aduanera. El proyecto de ley No. 1091-2011-PE que acuerda la delegación de facultades legislativas, fue aprobada el jueves 30 de Mayo. El 09 de Junio 2012 se promulgó la autorización bajo la ley 29884.
Esta norma faculta al Poder Ejecutivo modificar el Código Tributario y la Ley del Impuesto a la Renta.Sinembargo, según la ley autoritativa no se autorizaría legislar sobre la creación de nuevos impuestos, aumentar tasas o eliminar o disminuir las deducciones de renta de cuarta o quinta categoría del Impuesto a la Renta, aunque se establece que en el plazo de 90 días útiles a partir del plazo de delegación (45 días) el ejecutivo informará al Congreso sobre la posibilidad de incrementar la tasa de impuesto a la renta a los sectores con alto retorno sobre capital invertido, lo que podrá servir de sustento a una ley que en ese sentido emita más tarde el congreso.
La norma busca que el Ejecutivo pueda subsanar los vacíos en la actual legislación sobre los procedimientos de fiscalización y cobranzas, y además, presentar cambios en el régimen de infracciones y sanciones para reducir la evasión y la omisión del pago de tributos que actualmente alcanzan casi al 50%, con el fin de mejorar la competitividad económica del país.
El proyecto de delegación de facultades legislativas que nació en una iniciativa del Ejecutivo, fue seriamente cuestionado por actores del sector económico La Cámara de Comercio de Lima (CCL) planteó al respecto que las leyes sobre temas tributarios deben ser propuestas, debatidas y aprobadas solamente por el Congreso de la República y, teniendo en cuenta que la petición del Ejecutivo involucra muchos temas técnicos y especializados se consideró que los mismos debían ser debatidos con la inclusión de todos los integrantes del sector.
La posibilidad del Ejecutivo para legislar sobre ciertos temas, encuentra razón en una mayor rapidez de acción estatal para cubrir y corregir las deficiencias que el marco normativo pueda presentar. El espíritu de la delegación de facultades legislativas es conceder la facultad legislativa al ejecutivo solo en temas específicos y con un marco restrictivo que salvaguarde la correcta utilización de la facultad otorgada.
La norma de delegación de facultades aprobada faculta al ejecutivo también a legislar en materia penal en lo referente a delitos Tributarios y Aduaneros, creando la posibilidad de que se incorporen nuevos tipos penales, facultad que trastoca en verdadero sentido del principio de reserva legal en materia penal cuando la norma facultativa no define con precisión el marco de punición cuya criminalización se faculta. Este riesgo se observa cuando la norma faculta la creación de nuevos tipos penales en delitos tributarios, sin definir el marco de prohibición que debe contener el nuevo tipo penal.
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